El Contralor será elegido por el Congreso en Pleno, por mayoría absoluta, en el primer mes de sus sesiones para un periodo igual al del Presidente de la República
"Artículo 267 de la Constitución Política"
Congreso de la república y entidad de educación superior designada
Designación de entidad
La Mesa Directiva del Congreso de la República designa a una entidad de educación superior de alta calidad para que realice la convocatoria.
Convocatoria
La entidad designada abre convocatoria pública para invitar a todos los ciudadanos interesados en participar en la convocatoria.
Inscripción
Se registran los aspirantes que cumplieron los requisitos establecidos en la Constitución y la Ley.
Lista de admitidos a la convocatoria
Cerradas las inscripciones serán elaboradas las listas de aspirantes admitidos a la convocatoria pública.
Pruebas
La entidad designada realizará unas pruebas de conocimiento dirigidas a establecer la capacidad, idoneidad y aptitud del aspirante frente al cargo.
Lista de 10 elegibles
El Congreso conformará una Comisión accidental para definir la lista de 10 elegibles dentro de quienes pasen la prueba de conocimiento.
Entrevistas
Una vez seleccionados los 10 elegibles, las plenarias del Senado y de la Cámara de representantes entrevistarán por separado a cada uno de los candidatos.